miércoles, 15 de abril de 2015

Reglamento para la evaluación de Literatura Filatélica

Reglamento Especial  para la Evaluación de Colecciones de LITERATURA FILATÉLICA en Exposiciones FIP


Artículo 1.- Exposiciones competitivas

De acuerdo con el artículo 1.4 de los reglamentos generales de la FIP para la evaluación de las colecciones competitivas en las exposiciones FIP (GREV), este reglamento especial ha sido desarrollado para completar aquellos puntos relacionados con la Literatura Filatélica. Acudir también a las Directrices del Reglamento de Literatura Filatélica.

Artículo 2.- Participaciones competitivas

La literatura filatélica incluye todo tipo de comunicación impresa, disponible para los coleccionistas, relacionada con sellos de franqueo, historia postal, y su coleccionismo así como con todos los campos relacionados con este tema.

Artículo 3 Principios para la composición de las participaciones

La literatura filatélica se subdivide como sigue:
1.           Manuales y estudios especiales
     a.           Manuales
     b.           Monografías
     c.           Artículos de investigación especializada
     d.           Bibliografías y trabajos especiales similares
     e.           Catálogos de exposiciones
     f.            Catálogos especializados que además de emisiones filatélicas de uno o más países trate variedades, cancelaciones y otros aspectos especializados.
     g.           Transcripciones de conferencias filatélicas presentadas al público (incluyendo radio, televisión, cine o presentaciones con diapositivas)
     h.           Trabajos especiales similares.
2.           Catálogos generales Catálogos de carácter internacional, regional o local cuya profundidad de cobertura no los califique como catálogos especializados.
3.           Periódicos filatélicos Revistas o periódicos filatélicos, publicaciones de sociedades, anuarios y publicaciones similares.
4.           Artículos de tipo general en publicaciones filatélicas o no filatélicas.


Artículo 4.- Criterios para la evaluación de participaciones

4.1. Las colecciones de literatura serán evaluadas según los siguientes criterios: Tratamiento de los contenidos Originalidad, significado y profundidad de la investigación Aspectos técnicos Presentación
4.2. El criterio "tratamiento de los contenidos" requiere una evaluación del estilo literario, claridad y habilidad en la comunicación mostrada en el objeto expuesto
4.3. El criterio "originalidad, significado (importancia) y profundidad de la investigación" requiere una evaluación del significado (importancia) global del asunto presentado en el objeto expuesto, así como el grado en el que el elemento expuesto desarrolla originales descubrimientos, investigaciones, análisis o cauces para una comprensión mejor del tema en cuestión.
4.4. El criterio "aspectos técnicos" requiere una evaluación de tales aspectos como la portada, impresión, maquetación, créditos, bibliografía, índice y el uso de las ilustraciones.
4.5. El criterio "presentación" requiere una evaluación del tipo de encuadernación, tipografía y similares factores de producción para el correcto uso de la publicación. Para evitar el impacto de elementos puramente comerciales, este criterio sólo será evaluado si representa un factor negativo.

Artículo 5.- Juicio de los elementos expuestos

5.1. Las participaciones de literatura serán juzgadas por especialistas adecuados en sus respectivos campos de acuerdo con la Sección V (Artículo 31, 47) del GREX (ref GREV Artículo 5.1)
5.2. Para las participaciones de literatura, se tendrán en cuenta los siguientes términos para guiar al jurado a una correcta evaluación.

Tratamiento de los contenidos
40
Originalidad, significado y profundidad de la investigación
40
Aspectos técnicos
15
Presentación
5


Total
100

Artículo 6.- Previsiones finales

6.1. En el caso de que haya alguna discrepancia con respecto a la traducción, prevalecerá el texto en inglés.
6.2. Estos reglamentos especiales para la evaluación de las colecciones de literatura filatélica en las exposiciones FIP fueron aprobadas por el 54º congreso el 5 de Noviembre de 1985 in Roma. Entraron en vigor el 5 de Noviembre de 1985 y se aplica a todas las exposiciones con patrocinio, auspicio o apoyo de la FIP a partir del 54º Congreso de la FIP.

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